Definición OAIM (Oficina de Acceso a la Información Municipal)

Está aquí: 

La Ley No. 200-04 de Libre Acceso a la Información Pública, establece como un deber del Estado “brindar la información que esta ley [200-04] establece con carácter obligatorio y de disponibilidad y actualización permanente y las informaciones que fueran requeridas en forma especial por los interesados”.

Visión

Servir de apoyo al ejercicio de una administración pública más eficiente y plausible, de manera que el ciudadano pueda conocer y evaluar las actividades realizadas por la institución.

Misión

Permitir a la ciudadanía el ejercicio de su derecho de acceso a la información, manteniendo los valores de honestidad, integridad, probidad y eficacia.

Definición RAI

El Encargado de Acceso a la Información, es el responsable de recolectar, sistematizar y difundir las informaciones requeridas, y ser el canal de comunicación entre la institución, ciudadanos y ciudadanas.

Responsabilidad del RAI 

  • Recibir y tramitar las solicitudes de libre acceso a la información.
  • Ayudar al ciudadano en el llenado del formulario.
  • Entrega de acuse de recibo al solicitante.
  • Informar y orientar a los solicitantes al respeto de otras instituciones u organismos que pudieran tener la respuesta a la información solicitada.
  • Realizar los trámites necesarios, dentro de la institución para entregar información con eficiencia, veraz y oportuna.
  • Efectuar las notificaciones a los solicitantes.
  • Llevar un archivo de las solicitudes de acceso a la información, sus antecedentes y tramitación, resultados y costos.
  • Elaborar estadísticas y balances de gestión de su área en materia de acceso a la información.
  • Poner a disposición de la ciudadanía tanto como en el portal de la institución, como en el mural del ayuntamiento.